DOCUMENTO 5984 DECRETO MARGINAL DE BOLÍVAR, FECHADO EN CARACAS EL 31 DE JULIO DE 1821, POR EL CUAL AUTORIZA SE LE DÉ UNA PENSIÓN MENSUAL A LA SRA. CATALINA BAEZ, ESPOSA DEL CAPITÁN SILVESTRE OCHOA.*
Sección
18) Período (14MAY AL 31AGO 1821) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Excmo. Señor:
Silvestre Ochoa [ 1 ], Capitán del Batallón de Tiradores de la Guardia, con el respeto y sumisión debida a V.E. hago presente: que en consecuencia de las calamidades que ha sufrido mi familia durante mi ausencia se encuentran en el día mi mujer e hija en la mayor escasez, y como yo no poseo recursos con qué prestarles algunos auxilios al paso que mi deber puede volverme a separar y alejarme de ellas, y deseoso de dejarles asegurada de algún modo la subsistencia: a V.E. suplico rendidamente se sirva mandar por un efecto de su beneficencia que mensualmente se suministre por estas Cajas principales a mi esposa ciudadana Catalina Báez la tercera parte del sueldo que me está señalado, merced que espero en Caracas, a 30 de julio de 1821, 11°.
Excmo. Señor,
SILVESTRE OCHOA
Cuartel General en Caracas, julio 31 de 1821.
A S.E. el Vicepresidente para que dé la orden a fin de que a la familia del suplicante se le socorra mensualmente con la cuarta parte de su sueldo.
BOLÍVAR
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
Caracas, agosto 2 de 1821.
Respecto a que se ha entregado a la esposa del interesado una casa cuyo alquiler se ha fijado a 9 pesos al mes, abónense mensualmente 11 pesos que es la tercera parte del sueldo del Capitán Ochoa. Hágase saber al Intendente y dése el aviso correspondiente al Estado Mayor General.
SOUBLETTE
* Acotaciones Bolivarianas. Decretos Marginales del Libertador, pp. 202-203. Fundación John Boulton. Edición conmemorativa del Sesquicentenario de la Independencia. Caracas, 1960.
NOTAS
1) Silvestre Ochoa. En 1820 era Capitán. Fue de los héroes de Carabobo. Murió en Caracas el 6 de marzo de 1844.
Traducción