DOCUMENTO 450. REGLAMENTO PARA LOS UNIFORMES DEL EJERCITO, DADO POR BOLÍVAR EN CARACAS EL 17 DE OCTUBRE DE 1813.*
Sección
4) Período (07AGO AL 31DIC 1813) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Reglamento para los uniformes, divisas y graduaciones de los ejércitos de la República de Venezuela.
{{{Simón Bolívar, Libertador de Venezuela, y General en Jefe de sus Ejércitos, etc.}}}
Para que el ejército de la República de Venezuela se distinga de las tropas españolas en el uniforme, divisas, y orden de grados de aquella nación, he resuelto y resuelvo lo siguiente:
1° El empleo de General en Jefe será desde hoy en adelante el último grado militar, y equivalente al de Capitán General que queda suprimido.
2° En el de General de División quedarán reasumidos los de Teniente General, y Mariscal de Campo, que también se suprimen.
3° El de General de Brigada corresponderá al de Brigadier.
4° El uniforme de los Generales en Jefe, será casaca azul, vuelta, collarín, y solapa encarnada, botón de oro, y una palma de laurel de lo mismo, bordada en la vuelta, collarín y solapa, dos charreteras de oro, con tres estrellas en la pala, pantalón, chupa y banda encarnada con borlas de oro.
5° El de los Generales de División, casaca encarnada, vuelta, collarín y solapa azul, botón y bordado como el de los Generales en Jefe, dos charreteras de oro con dos estrellas en la pala, pantalón, chupa y banda azul, con borlas de oro.
6° El de los Generales de Brigada, casaca azul, vuelta, collarín y solapa anteada, botón y bordado como el de los Generales en Jefe, dos charreteras de oro con una estrella en la pala, pantalón, chupa, y banda anteada con borlas de oro.
7° El de los edecanes de los Generales en Jefe, será casaca encarnada, vuelta, collarín, y solapa anteada, botón de oro, galones de lo mismo en los ojales de la casaca, la divisa de su grado en los términos que se detallará, pantalón, chupa, y banda anteada con borlas de seda.
8° El de los edecanes de los Generales de División, será lo mismo que el de éstos, con la diferencia de que no llevan bordados, y que las borlas de la banda son de seda; divisa la de su grado.
9° El de los edecanes de los Generales de Brigada, será igual al de sus Jefes con la diferencia de que no llevan bordados, ni borlas de oro en la banda.
10° La divisa de los Coroneles, será dos charreteras con canelones.
11° La de los Tenientes Coroneles, una charretera con canelones a la derecha, y una espoleta sin ellos a la izquierda.
12° La de los Sargentos mayores, una charretera con canelones a la izquierda, y una espoleta sin ellos a la derecha.
13° Los Coroneles, Tenientes Coroneles, y Sargentos mayores, usarán banda encarnada con borlas de seda.
14° La divisa de los Capitanes, será dos espoletas.
15° La de los Tenientes, una espoleta a la derecha.
16° La de los Subtenientes, una a la izquierda.
17° La clase de cadetes queda extinguida, y en su lugar se establece la de voluntarios.
18° Usarán por divisas los Sargentos primeros dos galones de seda en el brazo, y uno los segundos y los cabos primeros, dos en la vuelta, y uno los segundos.
19° El uniforme general del ejército será casaca y pantalón azul de paño, vuelta y collarín encarnado, una sola botonadura por el centro y vivo encarnado.
20° La infantería de línea, como el artículo anterior, con cabos de oro.
21° La infantería ligera, chaqueta en lugar de casaca, y cabos de oro.
22° El cuerpo de artillería, como el artículo veinte, con dos granadas en el collarín.
23° El cuerpo de ingenieros, como el artículo veinte, cabos blancos, y dos castillos en el collarín.
24° La caballería ligera, como el artículo 21, y cabos de plata.
25° Los Dragones, del mismo modo que el artículo antecedente, con alamares de seda en la chaqueta.
26° Todos los forros de los uniformes serán del color de la vuelta, y cuello, excepto el de plaza, que es como sigue:
27° El uniforme de plaza será casaca azul, vuelta y cuello encarnado, solapa y forro blanco, con una sardineta blanca en el cuello, botón dorado, chupa y pantalón blanco con galón ancho en la manga.
28° La infantería usará botines, y la caballería, bota alta.
29° Se tendrá éste por un reglamento general que se cumplirá inviolablemente en todos los cuerpos del ejército de Venezuela.
Se imprimirá y comunicará a quien corresponda.
Dado en el Cuartel General de Caracas, a 17 de octubre de 1813, tercero de la Independencia, y primero de la Guerra a Muerte. Firmado de mi mano, sellado con el provisional de la República, y refrendado por el Secretario de Guerra.
SIMÓN BOLÍVAR.
ANTONIO RAFAEL MENDIRI.
* De un impreso de época coetánea. Se publicó en hoja suelta en la imprenta de Juan Baillío, en Caracas, como impresor del Gobierno, seguramente poco después de la fecha de su promulgación. Se insertó así mismo en la Gazeta de Caracas, N° XI, correspondiente al día lunes, 1° de noviembre de 1813. También se recogió en la Colección de Documentos, de Yanes-Mendoza, correspondencia personal, pp. 250-253.
Traducción