DOCUMENTO 10791. DECISIÓN MARGINAL EMITIDA POR EL LIBERTADOR Y REDACTADA POR EL MINISTRO DE LA SECRETARÍA, FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, FECHADA EN EL CUZCO EL 24 DE JULIO DE 1825, PARA QUE SE REMITA AL CONSEJO DE GOBIERNO, EL PLAN PROPUESTO PARA EL TRATAMIENTO DE LOS METALES EN EL PROCESO DE AMONEDACIÓN, CON EL FIN DE QUE SEA EVALUADO POR ÉSTE ORGANISMO EN SUS VENTAJAS Y DESVENTAJAS.*
Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Cuzco, 24 de julio de 1825.
Que se acuse recibo al prefecto, y se pase al Consejo de Gobierno, para que con vista del plan indicado, y examen que mande hacer por inteligentes, informe sobre la conveniencia, o desconveniencia que resulta a la República de la estabilidad de la casa de moneda, en la ciudad del Cuzco.
* Del original. Archivo del Libertador, Sección Juan de Francisco Martín, tomo 1.17, folio 155 recto. Se originó esta decisión en la comunicación del general Agustín Gamarra, fechada el 21 de julio de 1825, con el plan propuesto por el contador de la prefectura del Cuzco. La decisión marginal carece de firma.
Traducción