DOCUMENTO 10334 OFICIO DEL CORONEL JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL PREFECTO DEL CUZCO, FECHADO EN AREQUIPA EL 27 DE MAYO DE 1825, POR MEDIO DEL CUAL TRANSMITE LA ORDEN DEL LIBERTADOR REFERIDA A UNOS OFICIALES CAPITULADOS QUE SIN AUTORIZACIÓN Y PREDISPOSICIÓN DE ESTE PREFECTO FUERON DESIGNADOS A EMPLEOS POLÍTICOS Y CIVÍLES EN EL DEPARTAMENTO DEL CUZCO, SEAN DEVUELTO A SU DESTINO DE ORIGEN.*

Sección
29) Período (02ENE AL 30JUN 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Arequipa, 27 de mayo de 1825.

Al Señor Prefecto del Cuzco.

S.E. el Libertador Jefe Supremo de la República ha sido informado por el Ministro de Estado de orden del Consejo de Gobierno, que V.S. ha admitido en el departamento de su mando al servicio de la República, varios oficiales capitulados, destinándolos además a empleos civiles y militares en ese departamento. S.E. no sabe quien ha facultado a V.S. para ejercer actos de pura soberanía, sin una delegación expresa. S.E., es el único, en unión del gran mariscal de Ayacucho, que gozan de esta facultad, y V.S. no ha debido ni podido ejercer actos de esta naturaleza. S.E. ordena a V.S. que todos los oficiales capitulados admitidos al servicio de la República por sólo la autoridad de V.S. sean vueltos al estado de capitulados y separados de cualesquiera destinos que V.S. les haya dado. La ejecución de esta orden y la de la que el Consejo de Gobierno ha dirigido a V.S. sobre el mismo objeto son de la más estricta responsabilidad de V.S.



Cuando la República tiene que estar separando del servicio a oficiales nacidos en su suelo y que han derramado su sangre y prodigado sus sacrificios para la consecución de su libertad, nada es más injusto, que estar admitiendo a los oficiales capitulados para tener que emplearlos a la par o con preferencia de éstos.

Dios guarde, etc.

[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 38, folios 53 Vto.-54 recto. También se halla este documento en: Memorias del General O ´Leary, tomo XXIII, pp. 164.

Traducción