DOCUMENTO 10764. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL MINISTRO DE HACIENDA, FECHADO EN EL CUZCO EL 24 DE JULIO DE 1825, MEDIANTE EL CUAL LE COMUNICA DE ORDEN DEL LIBERTADOR, LA DECISIÓN EMITIDA EN EL CASO DE LA PÉRDIDA DE PLATA DURANTE EL PROCESO DE SU MONEDACIÓN.*
Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Cuzco, 24 de julio de 1825.
Al Señor Ministro de Hacienda [del Perú].
El señor prefecto de este departamento ha pasado a esta Secretaría General, con nota 21 de presente, el plan de la pérdida que se calcula aproximadamente tener al año de esta casa de moneda en la amonedación de plata. Puesto en el conocimiento de S.E. el Libertador me manda dirigirlo a V.S. para que el Consejo de Gobierno con vista del plan indicado, y examen que mande hacer por inteligentes, informe sobre la conveniencia, o prejuicio que resulte a la República de la estabilidad de la casa de moneda en esta ciudad.
Soy, etc.
[FELIPE S. ESTENÓS]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 39, folio 61 recto.
Traducción