DOCUMENTO 10691. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL PREFECTO DEL DEPARTAMENTO DEL CUZCO, FECHADO EN URUBAMBA EL 18 DE JULIO DE 1825, POR MEDIO DEL CUAL HACE DE SU CONOCIMIENTO LA ORDEN DEL LIBERTADOR, PARA QUE TOME LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES A LA CONSERVACIÓN DE LOS MONUMENTOS EN EL DEPARTAMENTO DE SU CARGO.*

Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Urubamba, 18 de julio de 1825.

Al Señor Prefecto de este Departamento [del Cuzco].

S.E. el Libertador dispone que V.S. empleé toda su autoridad a fin

de que los antiguos monumentos, que a pesar de la injuria de los tiempos y del esmerado empeño con que los españoles trataron de destruirlos, existen [ 1 ] en este departamento, se conserven en el estado en que se hallan. La gloria que en su misma destrucción disputan ellos para sus autores, no debe quedar obscurecida. Restablecidos por el sistema actual los naturales [ 2 ]de­rechos de los indígenas, [ 3 ] les queda a sus ascendientes el de inmortalizarse por sus obras.

Con tan interesante objeto, hará V.S. notorias por medio de la prensa, cualesquiera providencias que se dicten a ese propósito.

De orden de S.E. le comunico a V.S. reiterándole la mayor consideración con que soy.

[FELIPE S. ESTENÓS]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 39, folios 45 Vto.- 46 recto.

NOTAS

1) Interlineada esta palabra donde fue tachado: ""se conservan"".
2)
Interlineada esta palabra donde fue tachada: ""primitivos"".
3)
Fue testado el periodo siguiente: ""acreditarán aquellos que bien merecen la libertad los descen­dientes de hombres que emprendieron obras"".

Traducción