DOCUMENTO 10683. DECISIÓN MARGINAL EMITIDA POR EL LIBERTADOR Y REDACTADA POR EL MINISTRO DE LA SECRETARÍA, FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, FECHADA EN EL CUZCO EL 14 DE JULIO DE 1825, CON LA CUAL ASIGNA UNA PENSIÓN DE 30 PESOS, DESTINADA A LA EDUCACIÓN DE LOS HIJOS DEL GENERAL JOSÉ ÁNGULO, MUERTO EN ACCIÓN.*

Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Cuzco, 14 de julio de 1825.

Que se le asigne una pensión de 30 pesos, y que los jóvenes de ambos sexos deben educarse en los colegios que han de fundarse.

* Del original. Archivo del Libertador, Sección Juan de Francisco Martín, tomo 137, folio 102 recto. Se originó la presente decisión en la comunicación que con fecha 12 de julio de 1825, envió el general Agustín Gamarra, en la cual trata al Libertador, lo relativo al goce de montepío que corresponde a los hijos del general José Ángulo. La decisión carece de firma.

Traducción