5745 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL GENERAL DE BRIGADA LINO DE CLEMENTE, FECHADO EN SAN CARLOS EL 14 DE JUNIO DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE EL LIBERTADOR RESUELVE QUE LAS PATENTES QUE NECESITAN SE ENVIARAN A IMPRIMIR EN MARACA1BO Y SE LE REMITIRÁN CUANDO SEA POSIBLE. EL LIBERTADOR HA ORDENADO SE EXPIDAN PATENTES DE CORSO PARA QUE SE HOSTILICE EL COMERCIO DEL ENEMIGO.*
Sección
18) Período (14MAY AL 31AGO 1821) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
San Carlos, junio 14 de 1821.
Al Señor General de Brigada Lino de Clemente.
He recibido tres oficios de V.S. con fechas de 17, 19 y 29 de abril último, incluyéndome ejemplares de las patentes de corso y mercancía para que se reimprima y envíe algunas a V.S. firmadas por el Gobierno para comisionar los buques que las pidan; acompañando la carta de Mr. Corvey en que ofrece algunos buques mayores para reforzar nuestra escuadra, y sus servicios personales en ella; y dirigiéndome la lista de los buques de la escuadra con una relación detallada de su situación, estando de servicio y faltas. S.E. el Libertador ha sido instruido por mí de todo y me manda conteste a V.S.
1º Que habría sido más conveniente el que hubiese V.S. remitido impresas ya las patentes que necesita, para ahorrar el tiempo que se empleará ahora en enviarlas a una imprenta distante, de donde tardarán mucho en volver al Cuartel General. Como la más cercana que hay es la de Maracaibo, las dirijo allí para que se impriman, y las enviaré a V.S. cuando sea posible.
Entretanto, S.E. el Almirante está autorizado para dar comisiones de corso a los buques que las pidan, y se le ha recomendado que multiplique y facilite estas comisiones de todos modos, porque el objeto de S.E. el Libertador es reemplazar con corsarios particulares la falta de una escuadra nacional para hostilizar en todas partes el comercio del enemigo, destruyéndolos de un modo mil veces más activo que el de la marina militar. Los mismos corsarios sostenidos por los pocos buques de guerra del Estado, harán los bloqueos de las plazas marítimas, aunque no sea con toda la perfección y seguridad que debíamos desear.
2 ° Que se refiere S.E. a lo que he dicho a V.S. en otro oficio de esta misma fecha. El Almirante tiene órdenes de no admitir ningún oficial al servicio, y por el contrario está autorizado para licenciar a los que quieran salir de él, siempre que pertenezcan a la marina.
Conforme a esta resolución devuelvo las dos representaciones que me incluye V.S. en oficio de 21 de abril. S.E. los ha negado.
Lo comunico, etc.
Dios guarde a V.S. muchos años.
[PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ]
* Archivo del Libertador. O´L. Vol. XVIII, primera parte, fº 329 y vto.
Traducción