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DOCUMENTO 4930. OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL GENE­RAL PAEZ, FECHADO EN SAN CRISTÓBAL EL 26 DE SEPTIEMBRE DE 1820, EN EL CUAL LE IMPARTE ALGUNAS ORDENES DE BOLÍ­VAR REFERENTES A LA PREPARACIÓN DE SUS TROPAS PARA EVENTUALES OPERACIONES.*

Al señor General José A. Páez.

En mi oficio de 22 del corriente dije a US. que el señor Coronel Plaza, con las dos primeras brigadas de la Guardia de S.E., marchaba sobre Mérida y Trujillo. En efecto, el 23 se movió aquella divi­sión, que debe estar ya hoy sobre Estanques.

Los deseos de asegurar el resultado de esta operación y de examinar más de cerca al enemigo han determinado a S.E. marchar para ir a mandar en persona aquel cuerpo.

Aunque no es probable que el enemigo acepte una batalla, quiere S.E. que ejecute US. las siguientes órdenes, en precaución contra cualquier accidente adverso o favorable:

1° Que reúna US. a la mayor brevedad toda su caballería, en el punto que crea más conveniente, haciéndola disciplinar incesantemente hasta que esté perfectamente instruida en las principales y más necesarias evoluciones.

2° Que reúna también US. toda su infantería, pero sin necesidad de que sea en el mismo punto en que esté la caballería, con tal que sea fácil su incorporación llegado el caso. La infantería conti­nuará disciplinándose también, y especialmente se le enseñará a apuntar y tirar, acostumbrándola al fuego, en lo cual se empleará toda la pólvora necesaria, procurando, sin embargo, destinar a esto la que esté húmeda o dañada.

3° Que esté US. pronto para marchar al primer aviso que se le dé, porque estando en operaciones este ejército es muy posible que abata al enemigo y en este caso deba US. moverse a cooperar para aprovechar de !a victoria, o que suframos un revés, y entonces, con doble y más urgente razón, debe US. salir a amenazar al enemigo para distraerlo, mientras se reúne y rehace el ejército por esta parte.

4° Que siendo de tal importancia el objeto con que se manda a US. preparar para obrar, no debe perderse un momento en tomar estas medidas. S,E. descansa sobre la actividad y celo de US. y sobre su escrupulosa exactitud en el cumplimiento de estas órdenes.

5° Que como puede suceder que sepa US. nuestras victorias o derrotas, antes que reciba partes oficiales de S.E. y órdenes en consecuencia, no las aguarde US. para emprender sus operaciones, siem­pre que no quede duda del suceso, sea cual fuere. Principalmente se concede a US. esta facultad y se le encarece la actividad para ejecutar el movimiento, si la noticia que US. reciba fuese de una derrota nuestra, porque en este caso es más urgente su cooperación, para impedir que el enemigo cargue sus fuerzas sobre esta parte e invada a Cundinamarca.

6° Que en ambos casos está US. autorizado para dirigir sus operaciones conforme a las circunstancias, por la dirección y con el objeto que crea US. más conveniente, observando como única regla las disposiciones de los dos artículos siguientes.

7° Que en caso de derrota debe US. cuidar mucho de no ser batido también, y consiguientemente se moverá en una dirección que moleste, inquiete y distraiga al enemigo, sin comprometer US. a un encuentro desventajoso o cuyo buen suceso no sea más que probable.

8° Que en el caso contrario, es decir, en el de una victoria, debe US. marchar directamente sobre el cuerpo enemigo que crea US. más atacable y fácil de vencer. Logrado esto, las circunstancias en que US. se encuentre no pueden preverse, y US. sólo las puede calcular para arreglarse por ellas.

9° Que envíe US. inmediatamente a este Cuartel General los fusiles sobrantes que tenga, 60.000 cartuchos, 30.000 piedras de chispa y tres botiquines completos; todo esto, y particularmente los cartuchos y piedras de chispa son urgentísimos.

Lo comunico todo a US. de orden de S.E. para su inteligencia y cumplimiento. Dios, etc.

San Cristóbal, setiembre 26 de 1820.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* De un impreso moderno. O’Leary "Memorias"; tomo XVII, págs. 471-472.

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