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DOCUMENTO 2867 OFICIO DE BOLÍVAR PARA LOS MINISTROS DE LAS CAJAS NACIONALES, FECHADO EN ANGOSTURA EL 19 DE JUNIO DE 1818, EN EL CUAL LES ORDENA QUE PAGUEN SOLO LOS LIBRAMIENTOS FIRMADOS POR EL JEFE SUPREMO.*

Angostura, 19 de junio de 1818.

A los Señores Ministros de las Cajas Nacionales de esta plaza.

Antes de partir [1] a esta última campaña previne al Intendente de esta Provincia no pagase otros libramientos que los que hiciese el Consejo de Gobierno encargado de la compra de elementos de guerra. Ahora añado a Uds. que sólo los libramientos firmados por mí serán pagados por Uds., hasta otra disposición.

Dios, etc.

* De un copiador. Archivo del Libertador, vol. 103, fol. 73 Escrito de letra de José Gabriel Pérez. Este documento enteramente testado, es el primero de un cuaderno copiador de la correspondencia del Libertador con los Ministros de las Cajas Nacionales, funcionarios de la Sección Estado y Hacienda, del Consejo de Estado El cuaderno carece de portada y está comprendido entre los fols. 73 y 87. Los destinatarios son José María Ossa y Vicente Lecuna.

Notas

[1] Se había comenzado la redacción del documento, así- "Prevengo a Uds. que no se abone por las Cajas de esta Plaza ningún libramiento , lo cual fue testado.

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