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DOCUMENTO 4230 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ, PARA EL VICEPRESI­DENTE DE CUNDINAMARCA, FECHADO EN ROSARIO EL 5 DE MAYO DE 1820, EN EL CUAL, DE ORDEN DE BOLÍVAR, LE TRANSMITE SU RESOLUCIÓN SOBRE LA CONSULTA QUE LE HICIERA RESPECTO A NOMBRAMIENTOS.*

Cuartel General del Rosario, mayo 5 de 1820.

Al Excmo. señor Vicepresidente de Cundinamarca.

En resolución de la consulta que V.E. hace al Excmo. señor Libertador Presidente en oficio de 20 de abril último, se ha servido ordenarme diga a V.E.: 1. Que estando expresamente reservado al Presidente por el artículo tercero, sección tercera, título séptimo de la Constitución, el nombramiento de todos los empleos civiles y militares, es innecesaria una declaratoria. 2. Que V.E. como Vicepresidente de Cundinamarca está auto­rizado para proveer en la clase de interinos, los empleos que queden en el departamento de su mando, pero dará cuenta inmediatamente a S.E. para su confirmación o reemplazo. 3. Que los empleados nombrados por el Presidente no pueden ser removidos por el Vicepresidente del departamento, a quien él concede sin embargo la facultad de suspenderlos solamente y dar cuenta de ello con las causas que hayan movido a la sus­pensión. 4. Que no habiendo disposición ninguna que sujete al Presidente de las propuestas e informes de los Vicepresiden­tes de departamento, se consultará a la comisión permanente del Congreso lo que deba observarse, es decir, si son o no necesarías tales propuestas e informes. 5. Como S.E. tiene una plena confianza en la exactitud y celo de V.E., en sus talentos y en sus deseos por el bien público, no le ha comunicado hasta ahora instrucciones particulares. El tendrá especial cuidado de librarlas cuando alguna circunstancia o negocio grave lo exija, como lo ha hecho hasta ahora.

Lo comunico a V.E. de orden del Libertador para su inteligencia en contestación al oficio citado.

Dios guarde a V.E. muchos años. El Ministro de la Guerra,

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* De un impreso moderno. De "Cartas a Santander", vol. III, págs. 175-176.

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