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DOCUMENTO 4620 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL MINIS­TRO DE ESTADO Y HACIENDA, FECHADO EN ROSARIO EL 4 DE JULIO DE 1820, EN EL CUAL DE PARTE DE BOLÍVAR LE AVISA RECIBO DE SU CORRESPONDENCIA Y LE COMUNICA SUS DIS­POSICIONES SOBRE EL ESTANCO DEL TABACO.*

Al señor Ministro de Estado y Hacienda

Se han recibido las diferentes noticias que en 27 de abril, 20 y 21 de mayo últimos, dirigió US. a S.E. el Libertador Presidente. De todo queda instruido S.E., y me manda diga en contestación:

1° El proyecto que US. propone sobre el estanco del tabaco y su exclusiva extracción por cuenta del Estado, es sin duda de grande importancia y aun necesario para cubrir de algún modo nuestro crédito, y ocurrir a las crecidas erogaciones que nuestra actual acti­tud militar exige. Pero US. se refiere a decretos expedidos por el Congreso General acerca de este ramo de nuestras rentas, y S.E. no los tiene a la vista porque no se le han comunicado, ni llegó la copia que US. incluía en su oficio de 20 de mayo. La resolución de S.E. se limita, por tanto, a conferir a S.E. el Vicepresidente in­terino de la República, la autoridad necesaria para que, consultada la Comisión del Congreso, dicte las previsiones que se juzgaren convenientes acerca del proyecto.

2° Ni el señor General del ejército de Occidente, ni el Inten­dente de la Provincia de Barinas, tienen actualmente tabacos dis­ponibles. Las plantaciones se hacen en el país que ocupa el ene­migo sobre la capital de la Provincia de Barinas. Sin embargo, aquellos dos Jefes recibieron las órdenes que US. reclama para remitir a esa capital las cantidades que encuentren existentes en los almacenes, cuando se libere toda la Provincia.

3° El gran proyecto que US. ofrece a la consideración de S.E., para conseguir un empréstito de 4.000.000 de pesos fuertes en Holanda, por medio de los señores Mees, Boer y Moens, según el prospecto presentado por nuestro Agente en los Estados Unidos del Norte, es de igual o mayor importancia que el anterior. Para resolver sobre él sería necesario tomar informes demasiado extensos, de que no puede ocuparse por el momento S.E. Prescindiendo de cuál sea el precio exacto del tabaco de Barinas en Holanda, aparece a primera vista que del Norte de América lo buscan en nuestros puer­tos, pagándolo a 44 pesos quintal, según informa US. en su oficio de 20 de mayo; y corriendo los riesgos el Gobierno en la conduc­ción a Holanda, se calcula el quintal a 40 pesos. Además, se supone en el prospecto que el tabaco se comprará a los agricultores a 14 pesos el de 1a, 12 el de 2a y 10 el de 3a, cuando nunca ha tenido tan bajo precio en Venezuela; consiguientemente no habrá quien cultive la planta. Es también de añadir que en el cómputo no han entrado los gastos del Gobierno en la venta y los de trasporte. Sin embargo de todo, S.E. somete también esta resolución a S.E. el Vicepresidente, con consulta de la Comisión, confiriéndole a este efecto las facultades necesarias.

4° Las noticias que US. da con respecto a la revolución de España, confirman la importancia de mi comunicación de 19 del último junio, que duplico ahora. S.E. no tiene que añadir a aquellas disposiciones, sino que se aprovechen las oportunidades de hacer conocer a nuestros Agentes y Enviados, y particularmente al señor Zea, el artículo 6° de aquella comunicación, protestando que no pasará S.E. ningún tratado ni estipulación que salga de los límites señalados allí.

5° Apurados los recursos de Cundinamarca, hasta agotarlos, para remitir a Venezuela las cantidades que se han enviado hasta ahora, no es posible hacer nuevas remisiones de dinero, ni cubrir las letras que se giren contra estas cajas. Para sostén del grande Ejército que se ha levantado y está obrando en este Departamento, ha sido necesario ocurrir a medidas extraordinarias, tales como donativos, empréstitos y capitaciones, que apenas bastan, ceñidos los gastos por una economía rigurosa, a aquel objeto.

Dios, etc.

Rosario, julio 4 de 1820.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* De un impreso moderno. O’Leary, "Memorias", tomo XVII, pags. 255-257.

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