Rosario, julio 3 de 1820.
Al Comandante General del Ejército.
[dispone S.E. que estos ajustes que se hagan para el abono de la Artillería y primer Regimiento de caballería de la Guardia, en este mes, no se incluya el peso que ha recibido cada individuo] [1].
Dispone S.E. que en los ajustes que U. haga a los Artilleros de la maestranza, y a los escuadrones de Dragones de Lanceros de la Guardia, no se deduzca el peso que se le dio en el mes pasado, porque S.E. quiere que les quede como gratificación.
Dios guarde, etc.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* Del copiador de la Secretaría. Archivo del Libertador, O’Leary, tomo XVII, folio 71 y vto., 2a parte.