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DOCUMENTO 5306 DECRETO MARGINAL DE BOLÍVAR, FECHADO EN BOGOTÁ EL 30 DE ENERO DE 1821, POR EL CUAL LE CONCEDE LI­CENCIA ABSOLUTA AL MÚSICO DAVID RESTON.*

Al Excelentísimo Señor Vicepresidente de la República, General Soublette **.

Excmo. Señor:

David Reston, natural de Escocia [1], ante V.E. con el más profundo respeto expone: que ha llegado a este país en compañía de la Legión Británica, por haber celebrado una contrata en Londres con el señor General English [2], y que habiendo dicho señor General fallecido en la Isla de Margarita, y no haberle podido satisfacer su contrata (como era de particular), pidió al encargado de la división su pasaporte para volverse a su país: y que lejos de concederle fue imperiosamente maltratado con palabras denigrativas por el señor Coronel Blosset [3], y que últimamente le hizo por la fuerza quedar en la Legión, ofreciéndole cuantas amenazas puede recibir un malhechor. Que después de haberle acompañado hasta la ciudad de Maturín [4], tuvo el exponente facilidad de pasar a enseñar un cuer­po de música criollos haciendo las funciones de maestro por el señor General Arismendi; el que le ofreció por este servicio una buena gratificación, sueldo todos los meses después que entrega la música a la plaza, vestir, y el empleo de Capitán: y que a la fecha no ha recibido ni el empleo, el sueldo ni ninguna otra cosa desde que llegó al país, que ha sido una muy escasa e inconstante ración; que su ánimo, ni su contrata fue otra sino concluyendo su enseñanza tomar su licencia para su tierra: que nunca negó, ni ha jurado banderas ni tomado filiación, ni tomado enganchamiento. Que es una cosa muy clara que ningún hombre puede cambiar su país tranquilo por uno en revolución por ser militar y sin grado o sueldo, a menos era un hombre loco, y sin razón humana; que en atención a que el señor Coronel Blosset es mi enemigo declarado, no me conviene hacer ningún servicio bajo sus órdenes porque sería igual sacrificio de ponerme en un cadalso.

Que en atención a que puedo hacer por facultad algún servicio a la República y por las artes de la manufactura, en esa misma ciudad, para cuyo efecto deben venir por mi encargo los muebles necesarios de Europa.

Suplico a V.E. me conceda licencia absolutamente fuera del servicio militar, y licencia para continuar este trabajo que pretendo emprender.

Gracia que espero alcanzar de la conocida justicia de V.E. en Angostura, 5 de diciembre 1820.

DAVID RESTON

Angostura, diciembre 11, 1820.

Diríjase esta solicitud al señor Ministro de la Guerra para la resolución que sea justa, con advertencia de que no se agregan informes de los jefes de la Legión Británica, porque este cuerpo estando en el Ejército de Operaciones no le es posible procurárselos a la Vicepresidencia; y entre tanto el que representa podrá perma­necer en esta capital y ejercitarse en el ramo de industria que tenga por conveniente, a cuyo efecto se insertará en copia al Comandante General de la Provincia.

SOUBLETTE

Cuartel General de Bogotá, a 30 de enero de 1821.

Se le concede la licencia absoluta que solicita dejándole en libertad para que se establezca en el lugar que más le convenga y ejerza su industria en el ramo que sea más conforme a sus deseos, en virtud de este decreto.

BOLÍVAR

Angostura, abril 12 de 1821.

Hágase saber al interesado.

(Rúbrica de santander).

Acotaciones Bolivarianas, Decretos Marginales del Libertador, pp. 135-137. Fundación John Boulton. Edición conmemorativa del Sesquicentenario de la Independencia. Caracas, 1960.

** En realidad, el General Soublette era Vicepresidente del Departamento de Venezuela.

Notas

[1] Escocia. Véanse los Vols. II, IX, XIV.

[2] James Towers English. Véase la nota principal del Doc. Nº 1854 en el Vol. XII y el Vol. XVI.

[3] . Blosset. Véase el Doc. 4023 en el Vol. XVII, nota 2.

[4] Maturín. Véanse los Vols. I, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI XII XIII, XIV.

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