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DOCUMENTO 4563 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ AL GOBERNADOR POLÍTICO DE PAMPLONA, FECHADO EN ROSARIO EL 26 DE JU­NIO DE 1820, EN EL QUE LE COMUNICA LO RESUELTO POR BOLÍ­VAR EN LO REFERENTE AL USO DE BESTIAS POR PARTE DE LOS HACENDADOS.*.

Rosario, junio 26 de 1820.

Al señor Gobernador Político de Pamplona.

He consultado a S.E. el Libertador la resolución que V.S. exige en los oficios de 22 del corriente con respecto a los hacendados que residiendo en esa capital, tienen sus propiedades o haciendas en estos valles; S.E. ha decidido que:

1° Que sus bestias de silla, las que empleen en el transporte de sus familias y equipajes, no están comprendidas en el bando que prohibe la instrucción de cargas, no trayendo granos para el ejército.

2° Que están expresamente comprendidas en aquella prohibición las cargas que quieran traer de víveres o cualquiera otra cosa, si no se conforman a las disposiciones del bando.

Lo digo a V.S. en contestación, de orden de S.E. Dios guarde, etc.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* Del copiador de la Secretaría. Archivo del Libertador, O’Leary, tomo XVII, folios 55 vto. al 56, 2a pane.

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