Rosario, junio 25 de 1820.
Señor Gobernador Comandante General de Pamplona.
Informado S.E. de todo lo que V.S. me dice en sus 6 oficios de 16 y 17 del corriente comprendidos desde los 208 hasta los 213, me manda le conteste.
Que mi comunicación de 4 del presente relativa a que licencie V.S. del servicio a los enfermos que no pueden restablecerse en los hospitales de Pamplona, siempre que ellos lo pidan y acepten sin repugnancia, se extiende también a todos los que actualmente existan en los hospitales de la provincia que V.S. manda; pero en los mismos términos que se han señalado para los de la capital, es decir, que preceda la petición o espontáneo consentimiento; V.S. me avisará el número que se ha licenciado, expresándome el nombre de cada uno, compañía y cuerpo a que pertenezca, y causa de su licencia para que se tome cuenta en los registros y se avise a los cuerpos.
Dios guarde, etc.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* Del copiador de la Secretaría. Archivo del Libertador, O’Leary, tomo XVII, folio 53 vto. al 54, 2a parte.