Bogotá, 9 de enero de 1821, 11º
A S.E. Almirante Brion [1].
He impuesto a S.E. el Libertador de lo que V.E. me dice en su oficio de 19 de diciembre próximo pasado y me manda S.E. le conteste.
1º Que estando pendiente aún la solicitud que el señor Aury [2] ha elevado a S.E. pidiendo sea admitido al servicio de la República con sus buques, no pueden éstos considerarse como colombianos y consiguientemente tampoco pueden ser retenidos por V.E. puesto que por el armisticio las hostilidades no se suspenden sino entre las armas de Colombia y España.
2° Que puede V.E. conceder una bandera y patente de corso a los corsarios particulares con la bandera de Buenos Aires [3] si éstos cruzan a las órdenes del señor Aury siempre que ellos la pidan y se sujeten a la suspensión de hostilidades convenida con el enemigo; pero evitará V.E. que sea ésta una causa de piratería o de nuevos disgustos y competencia con autoridades extranjeras.
Dios guarde a V.E. muchos años.
PEDRO BRICEÑO MENDEZ
* Archivo del Libertador. O’L. Vol. XVIII, parte primera, fº 10, vto.