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DOCUMENTO 2325 EL LIBERTADOR CONVOCA EL SÍNODO DE GUAYANA POR DOCUMENTO FECHADO EN ANGOSTURA, EL 8 DE NOVIEMBRE DE 1817*

Cuartel General de Angostura, 8 de noviembre de 1817. Simón Bolívar, etc.

Al muy amado y respetable Clero del Obispado de Guayana. Salud!

Destituida esta Diócesis de legítimo Pastor por la sensible muerte del Illmo. señor Dr. Buenaventura Cabello [1] igualmente que de Cabildo su Iglesia Catedral, para que ejerza la jurisdicción Episcopal conforme a las sanciones de los sagrados cánones, presenta un cuadro tan lamentable de orfandad, confusión y anarquía, que no puede mirar con ojos enjutos un corazón nutrido con las máximas santas del Evangelio.

Ocupado desde el momento en que se me hizo sabedor de la muerte de aquel Prelado en buscar un medio para proveer a esta urgente necesidad, en circunstancias de hallarse obstruidos los recursos extraordinarios del Metropolitano o su Cabildo en sede [2] vacante, por la Santa Sede, para que designe el Gobernador que deba administrar la jurisdicción espiritual, he hallado, registrando los Anales de la Iglesia, revestido al muy venerable clero de toda la autoridad para constituir el Jefe Eclesiástico que el orden de la disciplina canónica reclama.

En los siglos más luminosos de la Iglesia y particularmente entre aquellos Prelados que más la ilustraron con sus escritos, y la hicieron respetar con su piedad, como los Ignacios [3], los Ciprianos [4], etc., es indubitable que los Obispos partían, por decirlo así, su autoridad con su clero, sin cuya deliberación no emprendían cosa alguna de momento en los asuntos de su ministerio. Y si ocupadas las sillas por tan venerables pastores tenía tal parte el clero en los negocios de la Iglesia, ¿cuál le correspondería desapareciendo éstos de entre los mortales? El clero ha sido en todos tiempos el depositario, mejor diré, la fuente y origen de la autoridad eclesiástica, si se concede a ésta la antigüedad de la del derecho de gentes antes del sagrado origen de que la revistió Jesucristo. La respuesta del clero romano al Obispo de Cartago [5], es una prueba incontestable de esta verdad y un testimonio eterno con que se convence no sólo que se refundía en el clero la autoridad de los Obispos en sus respectivas Diócesis, sino que aún la de la primera cátedra recaía como por derecho hereditario en el de Roma. Si en los últimos tiempos, variando algo la disciplina, han sido los cabildos los que la han reasumido para comunicarla a sus vicarios, no ha sido sino como representantes del Clero. ¿Podrá, pues, negarse a éste el ejercicio de un derecho que le es propio hallándose impedidos y sin lugar todos los otros recursos que se han propuesto?

Animado por tan inmortales monumentos y por los repetidos ejemplos que nos presenta la historia eclesiástica de las Asambleas Generales de la Iglesia convocadas por las potestades del siglo, no menos que por mi ardiente celo y amor a la causa de la Religión Cristiana, me atrevo, como Jefe Supremo de la República, a excitar, llamar, y convocar con todo el afecto de mi corazón, y en caso necesario con el poder de la autoridad, a todos y a cada uno de los que componen el muy respetable clero de esta Diócesis, para que se presenten por sí o sus legítimos poderes en esta capital en el preciso término de cincuenta días, a deliberar sobre las necesidades de esta Santa Iglesia y muy particularmente a nombrar un superior eclesiástico que Ja administre.

Tal es el plan que he creído adaptable a nuestras circunstancias y a la grave y urgente necesidad de esta Iglesia. Yo lo propongo al muy venerable clero que espero se congregue en esta capital; pero el mismo clero usando de su plena libertad y de sus luces y conocimientos en las materias eclesiásticas, podrá discutir, acordar y llevar a efecto el que juzgue más conducente a remediar los males en que se están precipitando él y los fieles.

Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello provisional de la República y refrendado por el Secretario del Despacho en el Cuartel General, etc.

[BOLÍVAR]

* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 23, fol. 210-211. No consta la firma y rúbrica del Libertador. El documento está escrito de letra de Jacinto Martel. Figura en el cuaderno "Registro de Decretos" identificado en la nota principal del Doc. N° 1958,. En nota marginal dice: "Convocatoria del Sínodo de Guayana".

Notas

[1] El Dr. José Ventura Cabello, Obispo electo de la Diócesis de Guayana desde 1805 y preconizado, al parecer, en 1815, había salido de la ciudad de Angostura con las fuerzas realistas cuando éstas la abandonaron el 17 de julio de 1817. Falleció el 21 de agosto siguiente en un islote de la desembocadura del Orinoco, durante la emigración. Era natural de Cádiz, y ya de edad avanzada cuando murió.

[2] En primera redacción decía: "Metropolitano en Cabildo, / en sede vacante, / o en Santa Sede". Se hicieron enmiendas sobre las palabras ya escritas y se interlineó la palabra "o" entre "Metropolitano" y "su cabildo".

[3] Ignacio. Es probable que aluda a San Ignacio, (798-878) uno de los Padres de la Iglesia, y Patriarca de Constantinopla.

[4] Cipriano. Se refiere probablemente a San Cipriano, uno de los Padres de la Iglesia, Obispo de Cartago a mediados del siglo III.

[5] Cartago. La antigua ciudad del Norte de África.

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