Circular N° 6
Al Prefecto de Trujillo, de los diezmos de Santa pertenecientes a la diócesis de Lima.
Trujillo, 7 de abril de 1824 [1].
Siendo indispensable hacer los últimos esfuerzos para subvenir los cuantiosos gastos que demanda la actual situación del país, previene S. E. el Libertador diga a V. S. que asigne a la ciudad un cupo proporcionado a su riqueza, encargando al intendente lo distribuya en razón de las fortunas respectivas de los que deben erogarlo, de modo que a nadie resulte un gravamen mayor que aquello que le corresponde por una justa proporción.
Dios, etc.
* De un impreso moderno. Eguiguren, L. A., Sánchez Carrión, Tomo II, p. 4.