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DOCUMENTO 9257 OFICIO DE JOSÉ D. ESPINAR PARA EL CORONEL MIGUEL VELASCO, FECHADO EN TRUJILLO EL 1° DE ABRIL DE 1824, CON INSTRUCCIONES DEL LIBERTADOR PARA CONDUCIRSE COMO PREFECTO DE LA COSTA.*

Trujillo, Abril 1° de 1824.

Al señor Coronel Miguel Velasco.

S. E. el Libertador me manda transmitir a V. S. las siguientes instrucciones:

1°.- V. S. pasará a encargarse del mando político y militar de la Prefectura de la Costa.

2°.- V. S. tendrá entendido que la intendencia de hacienda se ha agregado provisionalmente a la Prefectura de Trujillo.

3°.- El señor coronel Reyes queda totalmente separado del mando del Departamento de la Costa en el que V. S. le sucederá.

4°.- Hay vehementes sospechas de que el coronel Caparros y el comandante Martínez, de Chancay se comunican con los enemigos y son capaces de hacer una traición. S. E. encarga a V. S. la más grande vigilancia sobre la conducta de estos dos jefes, y siempre que V. S. observe algunos indicios vehementes de que puedan cometer una infamia como Navajas y Ezeta, V. S. los separará del mando, los aprehenderá y los remitirá al señor General Sucre, con la debida custodia.

5°.- El coronel Reyes y el coronel Franco deben, el primero seguir la suerte que V. S. tenga a bien, el segundo vendrá precisamente al cuartel general.

6°.- Siempre que V. S. observe alguna propensión en los jefes o tropas de las que componen esas partidas a pasarse al enemigo haciendo una insurrección como la anterior, V. S. está facultado para aprehenderlos y remitirlos al cuartel general en jefe: y si las circunstancias apuran y V. S. lo haya por conveniente a la causa pública, V. S. podrá juzgarlos, imponerles ejemplarmente la última pena.

7°.-V. S. se pondrá en comunicación inmediata con el señor general Sucre a quien dará cuenta de todo cuanto ocurra.

8°.-El señor general Sucre tiene el mando superior de los Departamentos de Huánuco y la Costa; por consiguiente V. S. está sujeto a sus órdenes bien sea como jefe político, bien como militar.

9°.- Una de las primeras atenciones de V. S. debe ser proveer de armas y municiones tanto a las partidas de la Costa como a las de Canta que están a las órdenes de su comandante general el señor coronel Desa: para ello V. S. se pondrá en comunicación con dicho jefe con quien mantendrá las más estrechas relaciones, tanto para saber sus necesidades, como los movimientos de los enemigos y demás ocurrencias.

10.- V. S. pedirá al señor vicealmirante de la escuadra armamentos y pertrechos de los que tuviese aplicable al servicio de las guerrillas y V. S. lo distribuirá entre las paridas de la Costa y las de Canta.

11°.- Siempre que la conducta del comandante Martínez de Chancay y aún la de Caparros fuesen sospechosas V. S. los removerá de sus destinos y dará colocación al teniente coronel Mantilla y al cualquiera de los oficiales o ambos de los que acompañan a V. S.

Dios guarde a V. S.

JOSÉ D. ESPINAR

Es copia.

ESPINAR

* Correspondencia del Libertador (1819-1829), pp. 181-182.

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