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DOCUMENTO 2122 : OFICIO DE BOLÍVAR AL GENERAL CARLOS SOUBLETTE, JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL, FECHADO EN ANGOSTU­RA, EL 3 DE OCTUBRE DE 1817, POR EL QUE DISPONE SE ABRA PROCESO AL GENERAL MANUEL PIAR.

Angostura, 3 de Octubre de 1817,

Al Jefe del Estado Mayor General.

El señor General Piar [1], acusado de los crímenes de insubordi­nado a la Autoridad Suprema, de conspirador contra el orden y tranquilidad pública, de sedicioso, y últimamente de deser­tor, debe ser juzgado conforme a nuestras leyes.

Como en virtud del artículo 4°, capítulo 3° del reglamento de 29 de mayo último [2], corresponde a V.S. instruir el proceso, procederá V.S. a ello a la mayor brevedad en clase de fiscal [3], hasta poner la causa en estado de ser juzgada por el Consejo de guerra que se nombrará oportunamente para su decisión, con arreglo al capítulo y reglamento citados.

El Capitán J. Ignacio Pulido [4]actuará en clase de Secretario.

Los trece adjuntos documentos [5] impondrán a V.S. de la conducta y atentados del acusado. V.S. hará de ellos en el pro­ceso el uso que es debido [6].

Dios, etc.

BOLÍVAR.

* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 24, fol. 129. Escrito de letra de Jacinto Martel. Para las características del cuaderno copiador, véa­se la nota principal del Doc. N° 1971. El Jefe del Estado Mayor General era, en esa época, el General Carlos Soublette.

Notas

[1] El General Manuel Piar.

[2] [No hemos podido localizar ningún reglamento sobre procesos mi­litares que lleve la fecha de 29 de Mayo de 1817. En cambio, sí es cono­cido el "Reglamento sobre el modo de conocer y determinar las causas militares", expedido por el Libertador en San Félix el 7 de Junio de 1817, cuyo artículo 4° del Capítulo III —"Consejo para Oficiales de Graduación Superior"— reza así: "Artículo 4°. En el modo de actuar, persona que ha de instruir el proceso y Secretario de la causa, quedan en su vigor las disposiciones de la Ordenanza Española" (Véase, el Doc. N° 1781). Parece evidente que aun cuando lo menciona como del 29 de mayo en el presente oficio, el Libertador se refiere al Reglamento que actualmente conocemos con fecha del 7 de Junio. Como este último ha llegado a nosotros no en su versión original, sino a través de un impreso publicado en vida de Bolívar, pero varios años después de su promulgación (véase la nota principal del Doc. N° 1781 citado) no es posible aclarar el punto con certeza. Tal vez el Libertador redactó el Reglamento el 29 de Mayo de 1817, pero su promulgación definitiva no se hizo sino el 7 de Junio. Respecto a las Ordenanzas españolas a las cuales se refiere el citado artículo 4° del Capítulo III, puede consultarse la obra siguiente: Presidencia de la República de Venezuela, ed.,”Las Fuerzas Armadas de Venezuela en el Siglo XIX”, vol. VIII, Caracas, 1965, donde se reproducen dichas orde­nanzas; véase especialmente el Tratado octavo, Título Sexto, en las pá­ginas 333-339.

[3] Testado: "de", e interlineado "hasta poner". A partir de aquí hasta el final del párrafo siguiente fue escrito interlineado en el copiador. Proba­blemente después de haber sido testado el párrafo final, que damos en la nota N° 2.

[4] El entonces Capitán, más tarde Coronel y luego General, José Ig­nacio Pulido, sobre quien puede consultarse la nota 1 del Doc. N° 1369,.

[5] Dichos documentos son los siguientes: N° 1. Carta del Teniente Coronel Juan Francisco Sánchez al Libertador, fechada en Guayana el 26 de Julio de 1817. N° 2. Carta del General José Francisco Bermúdez al Libertador, fechada en Guayana [Angostura], el 26 de Julio de 1817. N° 3. Carta del General Manuel Sedeño al Libertador, fechada en Guayana a 26 de Julio de 1817. N° 4. Carta del General José Francisco Bermúdez a los Generales Andrés Rojas, Pedro Zaraza y José Tadeo Monagas, fechada el 28 de Julio de 1817 en Guayana. N° 5. Carta del General Bermúdez al Libertador, Guayana, 29 de Julio de 1817. N° 6. Carta del Teniente Coro­nel Juan Francisco Sánchez al Libertador, sin lugar ni fecha, probablemente de comienzos de Agosto de 1817. N° 7. Oficio del General Andrés Rojas al General Bermúdez, Maturín, 5 de Agosto de 1817. N°8. Oficio de José (?) Lara, Comandante de Cucasana, al General Bermúdez, fechado en dicho pueblo el 15 de Agosto de 1817. N° 9. Oficio del General Ber­múdez al Libertador, Angostura, 22 de Agosto de 1817. N° 10. Oficio del General Andrés Rojas al Libertador, Maturín, 12 de agosto de 1817. N°11. Oficio del General Rojas al Libertador, Maturín, 19 de Agosto de 1817. N° 12. Oficio del General Rojas al Libertador, Maturín, 14 de Septiembre de 1817. N°13. Oficio del General Manuel Sedeño al Libertador, Maturín 28 de Septiembre de 1817. Todos estos documentos pueden consultarse ma­nuscritos, en el Archivo del Libertador, vol. 24, folios 2 al 22 inclusive. En el mismo volumen, folios 23-80, se halla el expediente original del proceso seguido al General Manuel Piar, del 4 al 16 de Octubre de 1817. Toda esta documentación corre impresa en las “Memorias de O’Leary”, tomo XV, págs. 349-422.

[6] A continuación, y aparte, venía un párrafo que fue totalmente tes­tado. Decía así: "Concluido el sumario me lo dirigirá V.S. para pasarlo al Consejo de guerra que será nombrado oportunamente para la decisión de la causa, con arreglo al mismo capítulo 3° del citado reglamento".

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