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DOCUMENTO 36. PETICIÓN EN JUSTICIA DE SIMÓN BOLÍVAR, ELEVADA POR SU APODERADO DR. VICENTE TEJERA, EN PLEITO ENTA­BLADO CONTRA EL LICENCIADO ANTONIO NICOLÁS BRICEÑO, PROPIETARIO COLINDANTE, EN EL TUY, CON LA HACIENDA "LA FUNDACIÓN" PERTENECIENTE A BOLÍVAR.*

[Caracas, 14 de marzo de 1808?]

S[eñor] C[apitán] G[eneral]

Don Simón de Bolívar, Teniente del Batallón de Milicias regladas de los Valles de Aragua, parezco ante V. S. y en el modo y forma que haya más lugar en derecho digo: que en mi hacienda de Yare [1] nombrada la Fundación [2] tengo por vecino colindante al Licenciado [3] Dn. Antonio Nicolás Briceño, sujeto que se ha propuesto desde que llegó a aquel territorio encargado de administrar la hacienda a los herederos de Dn. José Xeres de Arestiguieta provocarme y darme que sentir por todos los medios que le ha suge­rido su natural inquietud, animado de la mala voluntad que injustamente y sin motivo me profesa.

Para no hacer uso de otros sucesos que comprueban esta verdad sólo haré presente al Tribunal el lance acaecido el día 24 de septiembre último [4] Hallándome con mi esclavitud rozando parte de mis tierras altas que cubren el frente de mi hacienda, se apareció Briceño armado de pistolas y daga, trayendo en su compañía toda su esclavitud con machetes, puñales, garrotes, etc., y entre ellos uno nombrado Domingo José con un fusil cargado. Sin otro saludo ni discurso, comenzó Briceño la acción por sacar una pistola, prepararla y mandar a mis esclavos que parasen el trabajo, porque de no hacerlo así los tiraría con sus armas de fuego, y requiriéndoles muchas veces que los mataría les amenazaba y apuntaba sucesivamente; pero habiendo yo mandado a mis negros que no dejasen el trabajo, volviéndose hacia mí, fue uno mismo decirme: "comenzaré por Vmd.", y apuntarme. Tres veces quiso ejecutar el tiro, y cuan­do a la-tercera le vi resuelto a disparar no tuve otro partido que arrojármele encima a fin de desarmarlo. Sus negros me arrebata­ron y temí tanto un combate de esclavos que en lugar de atender a mi adversario sólo traté de contener ambas esclavitudes que ya habían comenzado a tomar parte en la pelea.

Mi moderación fue nunca vista, pues ni de palabra ni de obra injurié a un hombre que trató de asesinarme, y armó contra mí y mis negros, todos los suyos, y no pudieron menos que admirarla varias personas que se hallaron presentes, como lo fueron Dn. Blas del Castillo [5], Dn. José Andrés Machado, Dn. Pedro Lovera y Dn. Manuel Anís.

Un atentado de tanta gravedad, una tan escandalosa asonada de gente y armas, cuyo tumulto habría ocasionado las más desgraciadas consecuencias a no haberme revestido del más prudente sufri­miento que no puedo atribuir sino a un auxilio particular del cielo, exigían que yo me hubiese querellado inmediatamente a la autoridad judicial, y empezado contra Briceño un proceso criminal; pero éste, ensoberbecido más por mi silencio, no ha desistido después ni aflo­jado en perseguirme e insultarme casi diariamente queriendo parar los trabajos que emprendo en mis propios terrenos, y dentro de mis empalizadas, demoler un rancho que había hecho debajo de las mismas, impedirme el uso de las aguas que me corresponden, y causarme otras molestias sobre que reservo deducir por separado mis correspondientes acciones.

Me tiene, pues, Briceño expuesto de continuo al peligro de perderme si no se le contiene por la autoridad pública; y así, para evitar este caso, no puedo excusarme más tiempo de promover la acusación que me es debida sobre el insulto y atentado contra mi persona y la de mis esclavos, para preparar la cual en forma que pres­cribe el derecho ofrezco desde luego sumaria justificación de tes­tigos, y suplico a V. S. se sirva mandar que los nominados Dn. Blas del Castillo, Dn. Andrés Machado, Dn. Pedro Lovera, y Dn. Manuel Anís, y los demás que produjere sean examinados bajo juramento por los particulares siguientes:

Primero: Digan si me conocen de vista, trato y comunicación y también al Dr. Dn. Antonio Nicolás Briceño. Segundo: si se hallaron presentes, o supieron el lance ocurrido entre mí y éste el día 24 de septiembre último cuando fui atacado por él en mi posesión llamada la Fundación. Tercero: si saben y les consta que hallándome allí con mi esclavitud haciendo rozar parte de mis tierras altas, se apareció Briceño armado de pistolas y daga, acompañado de sus esclavos también armados de garrotes, puñales, machetes, y uno entre ellos nombrado Domingo José que traía un fusil car­gado. Cuarto: si el saludo que aquél nos hizo fue sacar una pistola, montarla, y mandar con el tono más imperioso a mis esclavos que parasen el trabajo, amenazándolos con que los mataría si así no lo hacían, y apuntándolos uno en pos de otro. Quinto: si habiendo yo mandado a la esclavitud que continuase trabajando, volvió hacia mí, y diciéndome: "pues comenzaré por Vmd.", me puso al mismo tiempo los puntos. Sexto: si habiéndome apuntado por tres veces, y manifestádose en la tercera resuelto a disparar, no tuve otro ar­bitrio que arrojármele encima para desarmarle. Séptimo: si en este acto me arrebataron sus esclavos y defendido por los míos temí tanto un combate entre ellos que sólo atendí a contener ambas esclavitudes que ya habían comenzado a tomar parte en la pelea. Octavo: si me porté con Briceño en aquel lance con tanta mode­ración y prudencia que ni de obra ni de palabra ofendí a este hombre que trató de asesinarme sobre seguro y había armado contra mí todos sus negros. Nono: si saben que posteriormente me ha vuelto a provocar con toda especie de hostilidades, ya tratando de parar los trabajos que emprendo en las tierras de mi pertenencia, y bajo de mis empalizadas; ya queriendo demolerme un rancho que tengo dentro de las mismas; ya previniendo impedirme el uso de las aguas que me corresponden; y ya, en fin, llevando a tal grado su despotismo e insolencia que ha otorgado papeles de arrendamiento a varios arrendatarios que tengo dentro de mi posesión. Décimo: si por todos estos motivos juzgan y tienen para sí que Briceño es un vecino muy perjudicial y peligroso, que me tiene continua­mente expuesto a un encuentro capaz de perderme. Últimamente, digan de público y notorio, y lo más que sepan sobre dichos antece­dentes. Y evacuado este justificativo se servirá V. S. conferírmelo en vista para formalizar mis acciones en justicia que es la que pido con el juramento necesario.

DR. VICENTE TEJERA.

Otro sí: digo yo Don José Miguel Montero, Procurador del número de esta ciudad, que en virtud del poder sustituido de que hago solemne presentación y usando de las facultades que en él se me confieren autorizo con mi firma este escrito y suplico a V. S. se sirva mandar se me tenga por parte y se entiendan conmigo las diligencias que ocurran en justicia que imploro y juro.

DR. TEJERA

JOSÉ MIGUEL MONTERO.

* Archivo del Registro Principal, Caracas. Civiles, B, 1803. Expediente citado en la nota principal del Documento N° 34 Del original escrito de mano del Dr. Vicente Tejera, quien lo autoriza con su firma como letrado. Aun cuando la firma de Bolívar no aparece (sustituida, en su ausencia, por la de su apoderado José Miguel Montero) es obvio que este escrito, encabezado por su nombre y redactado en primera persona, debió de ser dictado por él, o basarse, cuando menos, en un borrador o una minuta suyos, dados los detalles con que se relatan los hechos. Según la costumbre, la petición carece de lugar y de fecha: se le han atribuido, como la referen­cia cronológica más precisa a que era posible llegar, los que corresponden a la sustanciación del Gobernador Capitán General. Este, el destinatario, lo era en esa fecha don Juan de Casas, quien desempeñaba interinamente el cargo desde la muerte de Manuel Guevara y Vasconcelos. Don Juan de Casas y Targa, natural de Valencia en España, y nacido hacia 1740, alcanzó el grado de Coronel en los Ejércitos del Rey. Sirvió en Venezuela durante las últimas décadas del siglo XVIII y la primera del XIX.

Notas

[1] Sobre Yare, véase la nota N° 2 del Doc. N° 23

[2] El nombre de este lugar subsiste aún hoy, en la carretera entre Santa Lucía y Santa Teresa (Edo. Miranda) a escasos Kms. antes de llegara la segunda de esas poblaciones. (Véase: Doc. N° 35)

[3] Se había escrito primero la abreviatura correspondiente a Doctor,y sobre ésta se soprepuso la de Licenciado.

[4] Es decir, el 24 de septiembre de 1807.

[5] Probablemente se trata de Blas Paz del Castillo (1780-1814), miembro de una acomodada familia de hacendados que poseía tierras en los Valles del Tuy.

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