Rosario, mayo 30 de 1820.
Al vicepresidente de Cundinamarca.
Están en mi poder los dos oficios de V.E. fechas de 15 del corriente y [quedo] [1] he instruido de ellos a S.E. el libertador.
Aunque el artículo 4º de mi oficio de 1º del presente contestando al de V.E. de 23 de abril resuelva la consulta que V.E. hace ahora con respecto a la Constitucion. S.E. resuelve que esta se cumpla en la parte que sea posible y conforme a la actual actitud y organización militar dada al Departamento del mando de V.E. sin alterar en nada los principios fundamentales del orden establecido provisionalmente. Lo digo a V.E. de orden del Libertador para su inteligencia y cumplimiento.
Dios guarde, &., &.
[PEDRO BRICEÑO MENDEZ]
*Del copiador de la Secretaria. Archivo del Libertador, tomo XVII, primera parte, folios 228-229.