Rosario, mayo 29 de 1820.
Al Comandante General del Ejército.
Dispone S.E. que todos los cueros que haya en el almacén o que resulten en adelante, de la posesión del ejército, se curtan a la mayor brevedad, y que al efecto puede U. hacer los gastos necesarios consultando siempre la mayor economía y utilidad de los fondos del ejército.
Dios guarde, etc., etc.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* Del copiador de la Secretaría. Archivo del Libertador, tomo XVII, parte segunda, folio 14 vto.