Angostura, 13 de agosto de 1818.
Al Gobernador y Comandante General de Guayana.
Para evitar [1] los frecuentes hurtos de mulas que se experimentan en esta Provincia por la facilidad que ha habido hasta ahora de embarcarlas sin examinar la legitimidad de su propiedad con notable perjuicio del Estado y de los particulares, he determinado que desde hoy en adelante no pueda embarcarse ninguna mula sin [2] el indispensable requisito de presentar un documento de su propiedad. Con este objeto nombro a los Ciudadanos miembros de la Municipalidad [3] Guillermo Grillet y Luis Cornieles, de Inspectores de muías que deban embarcarse, y éstos deben dar un documento de haber acreditado ante ellos los que van a embarcarlas que son sabidas legítimamente. Lo que deberán hacerla pedir algunos.
Dios, etc.
[BOLÍVAR]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, vol. 103, fol. 49 v° Escrito de letra de Jacinto Martel. Para las características del cuaderno copiador, véase la nota principal del documento n° 2870 en el vol. XIII.