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DOCUMENTO 3145 OFICIO DE BOLÍVAR PARA EL GOBERNADOR Y COMANDANTE GENERAL DE GUAYANA, FECHADO EN ANGOSTURA EL 11 DE AGOSTO DE 1818, MEDIANTE EL CUAL LE INFORMA LA DECISIÓN DE QUE LOS PUEBLOS DE SAN PEDRO DE LAS BOCAS, SAN SERAFÍN Y BARCELONETA DEPENDAN DEL COMANDANTE DE LA PARAGUA *

Angostura, 11 de agosto de 1818.

Al Gobernador y Comandante General de Guayana.

Habiendo examinado las razones que V.S. ha expuesto sobre la dificultad y embarazos que hay para que los pueblos de San Pedro de las Bocas [1], San Serafín [2], y la Barceloneta [3] de­pendan de la Comisión general del Caroní: he venido en des­membrarlos de aquélla, y determinar que en lo sucesivo y has­ta otra disposición estén sujetos al Comandante de la Paragua, así en lo civil y político como en lo administrativo.

Dios, etc.

[BOLÍVAR]

*De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, vol. 103, fol. 49 v° Escrito de letra de José Gabriel Pérez. Documen­to completamente testado. Para las características del cuaderno co­piador, véase la nota principal del documento n° 2870 en el volu­men XIII.

Notas

[1] San Pedro de las Bocas. Antes, misión de padres capuchinos; hoy, caserío del Municipio Pedro Cova, Distrito Piar, Edo. Bolí­var. Está situado en la confluencia del río Paragua con el Caroní.

[2] San Serafín. Caserío de difícil ubicación.

[3] Barceloneta. Pueblo en el Cantón de Angostura. Después tomó el nombre de Paragua como se le conoce hoy. Es cabecera del Municipio Barceloneta, Distrito Heres. Estado Bolívar.

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