Angostura, 4 de julio de 1818, 89
Que los Tribunales y Cuerpos Civiles se coloquen al lado de la Epístola, presidiendo la Alta Corte; que el Estado Mayor se siente a la espalda del Jefe Supremo en el Presbiterio; que al lado del Evangelio presida el Gobernador Comandante General de la Provincia, seguido por los Generales según sus grados y antigüedades: tras éstos irán el Gobernador de la Plaza
con los oficiales de la guarnición. La Alta Corte tendrá sillas de brazo y tapete. La Municipalidad, escaño. Entre estos dos cuerpos tomarán asiento los Ministros, Contador y Tesorero de la Hacienda Nacional. El Intendente General, después de los Generales de División, y el Gobernador Político entre los Ministros y la Municipalidad.
[BOLÍVAR]
* Del original Fundación John Boulton, serie C, tomo XXIV, n° 106-107. Publicado en Acotaciones Bolivarianas, página 18. La decisión, de letra de amanuense y firma y rúbrica autógrafas del Libertador, aparece inserta en la comunicación firmada por el General de Brigada Tomás Montilla, Gobernador Militar de Angostura, en la cual le pide al Jefe Supremo que le informe el lugar que ocuparán en el templo la Alta Corte de Justicia, la Municipalidad, el Estado Mayor General, los generales sueltos, el Comandante General de la Provincia y el Gobernador de la Plaza.