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DOCUMENTO 3243. OFICIO DE BOLÍVAR PARA EL GOBERNADOR COMANDANTE GENERAL INTERINO DE LA PROVINCIA DE GUAYANA, FECHADO EN ANGOSTURA EL 5 DE SEPTIEMBRE DE 1818. ORDENA QUE SE PUBLIQUE POR BANDO EL DECRETO DEL 15 DE OCTUBRE DE 1817, SOBRE ANULACIÓN DE LAS LEYES ESPAÑOLAS RELACIONADAS CON EL TERRITORIO DEL CARONÍ.*

Angostura, 5 de setiembre de 1818.

Gobernador Comandante General Interino de la Provincia de Guayana.

El Gobierno español había condenado el extensísimo y fértil Departamento del Caroni a ser gobernado monásticamente por los capuchinos catalanes y a no ser habitado, cultivado ni aun visitado sino por aquéllos y los naturales, separando así la más bella y rica parte de la Guayana de todo trato y comunicación con los extranjeros, y aun con los guayaneses mismos, que en el antiguo sistema llamaban españoles. Tan opresivas leyes han impedido los progresos que necesariamente debieron haber he­cho aquellos naturales si se les hubiera permitido tratar libre­mente, y aquel vasto país, que produce todos los frutos del Universo no ha sido sino mezquinamente cultivado por las ava­ras manos de los Capuchinos, que limitaban su agricultura al número de indios que podían emplear en ella y al particular interés de ocultar su riqueza y extraordinaria fertilidad. Así es que los infelices naturales del Caroní estaban condenados a na­cer y morir esclavos, y el resto de Guayana a ver con sentimiento y con dolor inculto y desierto aquel extendido territorio; pero libertada Guayana por las armas de Venezuela e incorporada como parte integrante, al teritorio de la República por decreto de 15 de octubre de 1817, han sido anuladas las Leyes de la monarquía española que se oponen a los principios liberales que son la base de nuestra constitución gozando desde entonces el pueblo de Guayana de los bienes de la libertad civil. En consecuencia y deseando que el Departamento de Caroní alto y bajo, sea cultivado y habitado por los que quie­ran establecerse en él, prevengo a V.S. lo publique por bando en esta [1] ciudad y lo comunique a quienes corresponda en la provincia de su mando.

Dios, etc.

[BOLÍVAR]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, vol. 103, fol. 51-51 v°. Escrito de letra de Jacinto Martel. Para las carac­terísticas del cuaderno copiador véase la nota principal del docu­mento n° 2.870.

Notas

[1] Testado "Capital".

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