Al señor Coronel Reyes Vargas.
El Libertador aprueba las disposiciones que US. ha dado para atraer al servicio de Colombia españoles o criollos que estén al servicio de los enemigos, y faculta a US. para que indulte a nombre del Gobierno cuantos individuos quieran incorporarse a la República, cualesquiera que hayan sido sus opiniones y su conducta. Los Oficiales serán recibidos en sus empleos y ascendidos según los servicios importantes que hicieren, especialmente si vinieren con sus tropas. Las autoridades que han obtenido la confianza pública quedarán en sus destinos.
Remita US. a este Ministerio la relación de los Oficiales que están reunidos a US. y que tienen necesidades por ahora.
Pero así como el Libertador desea dispensar sus sentimientos benéficos a cuantos se acojan bajo las banderas de Colombia, no quiere que se dé pase para el ejército español a los enemigos militares o particulares que sean aprehendidos, porque esta conducta es contraria a los usos de la guerra. Manda S.E. que estos individuos se remitan al Cuartel General, a esperar alguna oportunidad de canjearlos o darles libertad en mejor ocasión. Los intereses de estos individuos corresponden al Ejército Libertador para ayudar a sus gastos. US. los embargará y pasará una razón de ellos al Estado Mayor.
S.E. está en cuenta de todas las comunicaciones de US. hasta el 20.
Dios, etc.
Trujillo, a 26 de octubre de 1820.
PEDRO BRICEÑO MENDEZ.
* De un impreso moderno. O’Leary, "Memorias"; tomo XVII, págs 518-519-