Rosario, 15 de junio de 1820.
al comandante general de los valles de cúcuta.
en resolución a la consulta que con esta fecha hace u. al señor subjefe sobre si puede o no, los particulares introducir ganado del interior de cundinamarca a estos valles y expenderlos por su cuenta para el abasto público, me manda s.e. diga a u. que no haga inconveniente ninguno, para que traigan del interior, vendan y consuman todo lo que necesiten, siempre que los que lo traigan manifiesten documentos que acrediten sean del interior, haberlo comprado a propietarios y que no quede duda ninguna de que no es del estado. todas las precauciones que impidan los fraudes con respecto al que pertenece al ejército deben tomarse.
dios guarde, etc., etc.
PEDRO BRICEÑO MENDEZ
* Del copiador de la secretaría. archivo del libertador, O’leary, tomo XVII, folios 39 y vto., segunda parte.